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La misión de los tribunales supremos / Michele Taruffo

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoEditor: Madrid Marcial Pons 2016Descripción: 23 x 16 cmISBN:
  • 978-84-9123-074-8
Tema(s): Resumen: Hace ya décadas que se detecta que los tribunales/cortes supremos/as no cumplen eficientemente con su labor. En general, son víctima de una tremenda acumulación de casos que ha activado tradicionalmente restricciones formalistas a su acceso, hasta llegar a la actual selección discrecional de asuntos de los tribunales anglosajones -certiorari- y de algunos otros del mundo que han copiado ese modelo. Además, existen presiones políticas e ideológicas que, para bien o para mal, marcan su quehacer decisivamente.En realidad, no acaba de existir un consenso sobre la misión que debe desempeñar el tribunal que está en el vértice de la pirámide. Si para unos esa misión es prácticamente legislativa, otros insisten en que no debe olvidarse que a los tribunales supremos se accede a través de un recurso. A partir de ahí se ha desarrollado una pluralidad de modelos intermedios. Es por ello por lo que la doctrina ha reaccionado cuestionándose sobre cuál debe ser, en realidad, la misión de esos tribunales de la cúspide.
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Libro Biblioteca de Posgrado Facultad de Derecho, Cs. Sociales y Políticas Colección general 342.4 (83) TAR ej.1 Préstamo en sala 12.01-003080

Hace ya décadas que se detecta que los tribunales/cortes supremos/as no cumplen eficientemente con su labor. En general, son víctima de una tremenda acumulación de casos que ha activado tradicionalmente restricciones formalistas a su acceso, hasta llegar a la actual selección discrecional de asuntos de los tribunales anglosajones -certiorari- y de algunos otros del mundo que han copiado ese modelo. Además, existen presiones políticas e ideológicas que, para bien o para mal, marcan su quehacer decisivamente.En realidad, no acaba de existir un consenso sobre la misión que debe desempeñar el tribunal que está en el vértice de la pirámide. Si para unos esa misión es prácticamente legislativa, otros insisten en que no debe olvidarse que a los tribunales supremos se accede a través de un recurso. A partir de ahí se ha desarrollado una pluralidad de modelos intermedios. Es por ello por lo que la doctrina ha reaccionado cuestionándose sobre cuál debe ser, en realidad, la misión de esos tribunales de la cúspide.